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EL LLORÉTENSE.
• para indicar la clase, esto es: Ió'ciüe'sé paga ca- de este valor, ó de diez céntimos; en el caso con-
da afío de contribución directa ó dé álquilery la trario, una certificación con referencia ,al talón
cantidad que se percibe anualmente de haber ó respectivo. Cerciorada la Alcaldía de la certeza
sueldo. Téngase presente al consignar estos da- de haberse expedido dicha cédula, extiende á
tos en las. hojas declaratorias, que los que pagan continuación de la solicitud el certificado que se
contribución territorial en diversos,pueblos han pide; y este pequeño espediente, según el art. 37
de anotar la suma que satisfacen en todos ellos, de la Instrucción citada, surte los mismos efec-
y nó solamente la que pagan en el pueblo de su tos que las cédulas originales.
. residencia; y que las personas que. forman una J. GAI.CIÍIIAN.
. sociedad mercantil ó industrial, las que tengan
un cauda! ó herencia pro indioiso,\os que per- Sección literaria.
ciban haberes mancomunadamente, y los que
• satisfacen alquileres a prorata, no deben anotar LA CARIDAD.
" la cantidad total, sino la que corresponde pró-
' porcionalmente a cada uno. ' —¡Pobre mujer! ¿porqué lloras? "
Los que no acuden á proveerse de cédula en • ¿Porqué lan Irisle te ves?
el plazo de expedición y cobro, incurren en la ¿Dime üi dolor cual es
multa del doble do su valor. En este caso una «jue gimes á todas huras?
cédula de 3 reales vale 9, una de 15 45, y . así —¡Ay, señora! al fin escucho
. sucesivamente. Además cuando al ser requerido una espresiúu de consuelo.
. no se procura recogerla en el plazo, que se se- —Yo mitigaré tu anlicio
ñale, el contribuyente moroso se halla obligado ¿Sufres algo?
al aumento de 5, 9 y 10 por ciento según sea el
• grado del apremio en que entre el descubierto, —Mucho, mucho
' sin perjuicio del pago de los gastos y costas del —Desecha, pues la tristeza,
procedimiento. Tanto es así, que el art. 40, en que yo enjugaré tu llanto,
su regla 6.a, exige responsabilidad á los alcal- y calmaré lu quebranto
des que dejaren de imponer aquel recargo, y la ¿Quién le aII i ye?
. 10.* del 49 obliga justificar á los Áyustamientos
que para el cobro" de las cédulas pendientes de —La pobreza.
él, pasados los tres meses de la recaudación, se —Y esos niños?
están siguiendo los procedimientos que la Ins-
trucción determina. —MÍOS son.
La cédula personal tiene validez- por todo el Y su padre?
afio económico-. Este, como es sabido, empieza — Lo perdieron,
en l.° de Julio y termina en 2,0de Junio del año
• natural siguiente. No obstante, cuando en 30 de y sin apoyo se vieron
Junio los municipios nó han recibido todavía las ¡Hijos de ini corazón!
cédulas nuevas, las anteriores son valederas Ya lo veis; descalzos van,
hasta la fecha, cualquiera que sea, en que se nadie su apetito calma
Piden pan.... ¡Hijos del alma!
¡Y no les puedo dar pan!
—Ven, desgraciada mujer,
y deja ya de llorar;
venid lodos á mi hogar;
cese lauto padecer.
Venid, y allí os cercarán
amor, leruura y encanto.
y os cubriréis con mi manió,
y comeréis de mi pan.
—Señora, ¡cuánta bondad!
Vos nos devolvéis la vida
<|i>e ya creímos perdida
¡Oh!.... ¿quién sois?....
—¡La Caridad!
hayan recibido. Como sucede generalmente que JOSÉ MANUEL JÍLXT.
cada pueblo las recibe en épocas distintas, y
. aun a veces del uno al otro hay.la diferencia de ¡ÁNGELA!
uno ó mus meses, advertimos: que cuando es
necesario hacer uso de la cédula en otro pueblo
una vez finido el año económico, es muy conve- Tocaba h su fin el año de gracia de 1713; era el
niente que el Alcalde que la expidió ó quien lo 27 de Diciembre. Dos robustos jóvenes marineros y
sustituya haga constar al dorso de la misma no un anciano, recostados sobre una embarcación de
haber recibido aun las nuevas. Así se consigue pesca de las muchas que habí» en la playa de ,
evitar que se pongan reparos sobre su validez. conversaban tranquilamente dundo cada uno de
ellos su parecer sobro lo inseguro del tiempo. «No
No permite la Ley que se expidan cédulas os quepa duda, lujos míos; la mar engaña hasta á
por duplicado. Cuando convenga hacer uso de los más prácticos; no diulo ni un momento de vues-
ella habiéndose extraviado, es lo procedente pro- tro valor; mas, estad seguros que la juventud os dá
veerse de un documento supletorio de la misma. bríos y no veis el peligro que envuelven esas mis-
Para ello no hay mas que solicitar del. Alcalde teriosas olas. Vuestro abuelo, que en gloria esté, y
que la expidió, por medio de papel del timbre de cuyos restos guardan las .profundidades de esa in-
peseta si el precio de aquella, llegaba ó excedía mensa balsa, á pesar de su mucha práctica eh las
faenas de la mar, salió en noche serena, como de
costumbre, á la pesca y sóloá dos millas de la pla-
ya le envolvió el fiero ciclón, pereciendo él y *odo3